Según el artículo 70 del Decreto 77/2010, ¿qué órgano ostenta la competencia para incoar los expedientes disciplinarios en el CGPC?
BASE LEGAL
Decreto 77/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Cuerpo General de la Policía Canaria, art. 70; Decreto 108/2024, art. 110.B.h).
CLAVE / REGLA DE EXAMEN
| Opción | Resultado | Diferencia y artículo |
|---|---|---|
| A | Incorrecta | El Área de Régimen Interior puede intervenir materialmente, pero no ostenta la competencia normativa de incoación. |
| B | Correcta | La Dirección General competente en seguridad ostenta la competencia para incoar los expedientes disciplinarios. |
| C | Incorrecta | El instructor actúa después de la incoación y no puede acordarla por sí mismo. |
