El artículo 167 CP contempla una forma agravada de detención ilegal, entre otras circunstancias, cuando:
Respuesta correcta: C
Corrección oficial
BASE LEGAL
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, art. 167.2.a) y 167.3.
CLAVE / REGLA DE EXAMEN
| Opción | Resultado | Diferencia y artículo |
|---|---|---|
| A | Incorrecta | Una investigación judicial no constituye por sí misma la modalidad agravada descrita. |
| B | Incorrecta | Una privación legítimamente ordenada no integra el tipo si se ejecuta dentro de la ley y se reconocen los derechos de la persona. |
| C | Correcta | La ocultación del paradero o la negativa a reconocer la privación, con pérdida de derechos constitucionales o legales, es el supuesto del artículo 167.2.a). |
Estructura del artículo 167
| Apartado | Supuesto |
|---|---|
| 167.1 | Autoridad o funcionario que actúa fuera de los casos legales y sin causa por delito. |
| 167.2.a) | Privación de libertad no reconocida u ocultación del paradero, medie o no causa por delito. |
| 167.2.b) | Particular que actúa con autorización, apoyo o aquiescencia estatal. |
| 167.3 | Inhabilitación absoluta de 8 a 12 años para autoridad o funcionario. |
